Vía libre a la nueva Ordenanza Municipal de Apartamentos para Personas Mayores

Vía libre a la nueva Ordenanza Municipal de Apartamentos para Personas Mayores
La Junta de Gobierno Local aprueba la nueva ordenanza, que renueva la anterior, que databa de 1999
APARTAMENTO

 

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona ha aprobado el proyecto de Ordenanza Reguladora del Servicio Municipal de Apartamentos para Personas Mayores, tras valorar las aportaciones recibidas durante el período de consulta pública, que se ha extendido durante los meses de abril y mayo. En este tiempo, se han recibido varias decenas de aportaciones, de la Unidad de Barrio de Etxabakoitz, de Izquierda Unida y profesionales del Programa de Autonomía del Ayuntamiento de Pamplona. El objetivo central de este cambio de ordenanza es mejorar la calidad del servicio mediante la implantación de un modelo de atención centrado en la persona, y reducir las listas de espera.

La nueva ordenanza busca actualizar la normativa vigente hasta la fecha, que databa de 1999, y que establece el régimen jurídico de la gestión, administración y uso de los apartamentos para personas mayores del Ayuntamiento de Pamplona. En la actualidad, el Consistorio dispone de 143 apartamentos, repartidos en distintas ubicaciones. En concreto, el edificio Txoko Berri, en San Juan, cuenta con 36 apartamentos con capacidad para 72 personas; Arga, en Rochapea, dispone de 32 apartamentos que pueden albergar hasta 64 personas; en Iturrama hay 41 apartamentos para 84 personas; en Casco Antiguo, 9 apartamentos para hasta 18 personas; y en Milagrosa, 25 apartamentos para 50 personas. 

Los más de 25 años transcurridos desde su aprobación, unido a los cambios sociales en este tiempo, hacían necesaria una actualización de la norma y un cambio de modelo, adaptado a la realidad actual. De esta forma, se articula sobre un nuevo modelo, basado en atención integral centrada en la persona, y establece criterios de acceso y permanencia en estos espacios municipales, así como los sistemas de valoración y adjudicación de plazas, y las sanciones que pueden acarrear los incumplimientos de la norma. 

Por de pronto, la ordenanza establece que para optar a una plaza de este tipo será necesario estar empadronado en Pamplona con al menos una antigüedad efectiva de dos años y tener un problema grave de vivienda. Dentro de esos problemas graves se sitúan, por ejemplo, la falta de espacio y la existencia de barreras arquitectónicas, pero también el hecho de carecer de un hogar o vivir en situación de calle. Al margen de esto, las personas solicitantes deberán ser autónomas, es decir, valerse por sí mismas, y tener capacidad económica para hacer frente al pago mensual correspondiente. Para acceder a estos recursos será igualmente necesario disponer un informe social favorable. 

Entre las aportaciones aceptadas durante el periodo de exposición pública, se ha acordado reorganizar la puntuación de los criterios de acceso, en varios de sus apartados. Por emploe, se ha rebajado de 20 a 15 los puntos concedidos por el tiempo de inscripción en lista de espera para un apartamento, de forma que esos cinco puntos sobrantes se añaden al criterio sobre ingresos económicos, concediéndolos al tramo más bajo de ingresos, a fin de priorizar a las personas que tienen menos recursos. También se han especificado algunos criterios para la solicitud de plazas, sobre todo, aquellos referidos a problemas grave de vivienda, la capacidad de autovalimiento, la capacidad económica y las obligaciones tributarias. 

Igualmente, también se han reformulado algunos de los deberes de las personas residentes y se especifican las funciones de la comisión de valoración encargada de tomar las decisiones sobre otras situaciones y casuísticas no recogidas expresamente en la ordenanza. 

No obstante, sigue vigente uno los principales cambios acordados en esta nueva ordenanza, en comparación con la de 1999, en torno al acceso a este recurso municipal. En concreto, el referente a ingresos, que ahora tomará como referencia de valor económico la cuantía fijada anualmente por Gobierno de Navarra relativa a la Renta Garantizada, en lugar del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Una vez aprobado el proyecto de ordenanza en Junta de Gobierno, ahora deberá ser valorado por la Comisión de Asuntos Ciudadanos, que le dará paso al Pleno, para que sea finalmente aprobada y pueda entrar en vigor. 

 

 

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