Declaraciones aprobadas en el Pleno celebrado el jueves 3 de junio de 2021

Declaraciones aprobadas en el Pleno celebrado el jueves 3 de junio de 2021
Ayuntamiento de Pamplona

 

Declaración soner ‘El lugar de los victimarios en nuestras plazas y pueblos’

Proponente: Navarra Suma y Socialistas del Ayuntamiento de Pamplona

Votación: aprobada con 19 votos a favor (Navarra Suma, Socialistas del Ayuntamiento de Pamplona y Geroa Bai), 7 en contra (EH Bildu) y 1 abstención técnica

 

ACUERDA

  1. Se ponga fin a los homenajes públicos a los presos de ETA.
  2. Los ayuntamientos garanticen que los espacios públicos de sus municipios sean un ámbito de convivencia, sin mensajes que idealicen a los miembros de ETA, y que no estén tomados por la iconografía de los presos de ETA.
  3. Se constituyan foros municipales para impulsar espacios y murales locales destinados a reforzar los valores de la memoria democrática, la convivencia y la deslegitimación de la violencia.

 

Declaración para destinar las partidas de los eventos ‘Gran Premio Murallas de Pamplona’ de hípica y el XVIII Torneo Internacional ‘Ciudad de Pamplona’ de ajedrez a AEDONA para actividades deportivas gratuitas

Proponente: EH Bildu

Votación: aprobada con 14 votos a favor (EH Bildu, Socialistas del Ayuntamiento de Pamplona y Geroa Bai) y 13 votos en contra (Navarra Suma)

 

ACUERDA

  1. Instar al equipo de gobierno a que destine el importe previsto para financiar el evento hípico ‘Gran Premio Murallas de Pamplona’ y el XVIII Torneo Internacional ‘Ciudad de Pamplona’ de ajedrez a la Asociación de Entidades Deportivas y de Ocio de Navarra (AEDONA) para la organización de actividades deportivas de carácter abierto y gratuito y para todos los públicos (juventud, mayores, niños y niñas) durante este verano.

 

 

Declaración para eliminar la penalización de determinados casos en el sistema de pensiones

Proponente: Geroa Bai

Votación: aprobada con 9 votos a favor (EH Bildu y Geroa Bai) y 18 abstenciones (Navarra Suma y Socialistas del Ayuntamiento de Pamplona)

 

ACUERDA

  1. El Ayuntamiento de Pamplona insta al Gobierno de España a realizar las modificaciones necesarias en la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para que tanto los casos de acceso a la jubilación anticipada por voluntad de la persona interesada como los derivados del cese en el trabajo por causa no imputable a la libre voluntad de la persona trabajadora, en los que se acredite un periodo  de cotización efectiva de 40 años o más, sean excluidos de la aplicación de los coeficientes reductores establecidos en los artículos 207 y 208 de la citada ley. A los efectos de acreditación del citado periodo de cotización efectiva, no se tendrá en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias y solo se computará en el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año.
  2. El Ayuntamiento de Pamplona insta al Gobierno de España a realizar las modificaciones precisas en la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para que en los casos en que se haya accedido a la jubilación anticipada de manera voluntaria y en los que se apliquen coeficientes reductores por trimestre o fracción de trimestre que le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación conforme a lo dispuesto en el artículo 205.1.a) de la Ley, dejen de aplicarse los coeficientes reductores desde el momento en que el pensionista cumpla la edad legal de jubilación.
  3. El Ayuntamiento de Pamplona insta al Gobierno de España a realizar las modificaciones necesarias en la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para que todas aquellas personas jubiladas anticipadamente, ya sean de tipo voluntario o forzoso, que hayan cotizado por el Régimen General como trabajadores/as por cuenta ajena, así como por el Régimen de autónomos, con cuarenta o más años cotizados y que en el momento de promulgarse las correspondientes modificaciones de la Ley General de la Seguridad Social tengan 65 años o más años de edad, se les dejen de aplicar los referidos coeficientes reductores y se les calcule la pensión según su base contributiva y los años cotizados.
  4. El Ayuntamiento de Pamplona insta al Gobierno de España a que lo previsto en la presente propuesta no se vea afectado por las cláusulas relativas a la jubilación forzosa aprobadas por convenio colectivo y sea de aplicación, en los mismos términos, a los supuestos de jubilación anticipada por causas no imputables al trabajador o trabajadora previstas en el artículo 297 y a aquellos de jubilación voluntaria.
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