Otros datos
Aquellas personas que por enfermedad o discapacidad no puedan acudir a votar el día 29 de noviembre podrán solicitar, a través de una persona representante, el voto por correo.
CÓMO SOLICITARLO:
La persona representante, debidamente autorizada mediante poder notarial, deberá acudir personalmente a cualquier Oficina de Correos y formular la solicitud con su DNI o pasaporte, rellenar un impreso en el que solicita un certificado de inscripción en el censo y adjuntar el certificado médico de su representado y el poder notarial.
Se debe indicar la dirección postal en la que se quiere recibir la documentación electoral que debe ser un domicilio del territorio español.
Una persona solo puede ser representante de un solo elector en el voto por correo.
DOCUMENTOS NECESARIOS:
Para delegar la representación que realiza el elector enfermo o persona con discapacidad se realiza mediante un CERTIFICADO DE PODER NOTARIAL expedido en el Colegio de Notarios (este certificado es gratuito).
CERTIFICADO MÉDICO de enfermedad o CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.
SOLICITUD DE VOTO POR CORREO: el representante debe acudir a la Oficina de Correos del 6 de octubre al 19 de noviembre, cumplimentar el impreso de solicitud de voto por correo y entregar la siguiente documentación:
DNI del enfermo o persona con discapacidad.
DNI del representante.
Certificado médico o certificado de discapacidad.
Certificado de poder notarial.
ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN AL ELECTOR: si todo está correcto la Oficina del Censo Electoral remitirá al elector o al representante las papeletas y sobres de votación, a través de correo certificado del 9 al 22 de noviembre.
REMISIÓN DEL VOTO POR PARTE DEL ELECTOR: una vez recibida la documentación el elector tiene plazo hasta el 25 de noviembre para enviar su voto por correo certificado.
CÓMO SOLICITARLO:
La persona representante, debidamente autorizada mediante poder notarial, deberá acudir personalmente a cualquier Oficina de Correos y formular la solicitud con su DNI o pasaporte, rellenar un impreso en el que solicita un certificado de inscripción en el censo y adjuntar el certificado médico de su representado y el poder notarial.
Se debe indicar la dirección postal en la que se quiere recibir la documentación electoral que debe ser un domicilio del territorio español.
Una persona solo puede ser representante de un solo elector en el voto por correo.
DOCUMENTOS NECESARIOS:
Para delegar la representación que realiza el elector enfermo o persona con discapacidad se realiza mediante un CERTIFICADO DE PODER NOTARIAL expedido en el Colegio de Notarios (este certificado es gratuito).
CERTIFICADO MÉDICO de enfermedad o CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.
SOLICITUD DE VOTO POR CORREO: el representante debe acudir a la Oficina de Correos del 6 de octubre al 19 de noviembre, cumplimentar el impreso de solicitud de voto por correo y entregar la siguiente documentación:
DNI del enfermo o persona con discapacidad.
DNI del representante.
Certificado médico o certificado de discapacidad.
Certificado de poder notarial.
ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN AL ELECTOR: si todo está correcto la Oficina del Censo Electoral remitirá al elector o al representante las papeletas y sobres de votación, a través de correo certificado del 9 al 22 de noviembre.
REMISIÓN DEL VOTO POR PARTE DEL ELECTOR: una vez recibida la documentación el elector tiene plazo hasta el 25 de noviembre para enviar su voto por correo certificado.
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