Las nuevas obligaciones para la circulación de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP) en la ciudad entran en vigor este jueves

Las nuevas obligaciones para la circulación de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP) en la ciudad entran en vigor este jueves
Policía Municipal realizará una campaña informativa a principios de octubre para dar a conocer las novedades y las sanciones por infringir la Ordenanza
patinete

 

Las modificaciones en materia de protección a usuarios vulnerables de la vía del Reglamento General de Circulación entran en vigor este jueves, con la llegada del mes de octubre. Estos cambios afectan a las obligaciones, equipamientos, edades y condiciones de circulación de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP). Policía Municipal realizará una campaña informativa, durante la primera semana de octubre, para dar a conocer las principales novedades y las acciones denunciables, y a partir del 19 de octubre, se denunciarán todas las acciones que contravengan la Ordenanza.

Las bicicletas, al igual que los VMP, podrán circular por carriles bici, calzadas, parques, paseos y calles residenciales, manteniendo distancias mínimas de dos metros con fachadas, y metro y medio con peatones. La circulación por aceras y zonas peatonales está expresamente prohibida, excepto para menores de 12 años en bicicleta. La edad mínima para los VMP, que son para uso de una única persona, es de 15 años y es obligatorio el uso de casco homologado; las prendas reflectantes son obligatorias de noche o en condiciones de baja visibilidad para particulares, pero son obligatorias para conductores profesionales y repartidores, tanto en bicis como VMP. El uso del casco es obligatorio sin excepciones para ciclistas en vías interurbanas.

Las infracciones relativas a la falta de casco en los supuestos obligatorios o la ausencia de alumbrado/prendas reflectantes preceptivas se tipifican con carácter general como infracciones graves, que lleva aparejados 200 euros de sanción.

Está prohibido circular bajo los efectos del alcohol y drogas, y utilizar el teléfono móvil y auriculares durante la conducción. El equipamiento de bicicletas y VMP debe incluir timbre, frenos y reflectantes, además de luces blanca delante y roja atrás. Las luces de los VMP deben estar siempre encendidas. Estos vehículos deben estar inscritos en el registro de la Dirección General de Tráfico y contar con seguro obligatorio. En cuanto a la velocidad, debe ser adaptada al entorno y se requiere prudencia y disminución de velocidad en cruces y pasos ciclistas, así como indicación de giros o maniobras con el brazo.

En las vías urbanas, las bicicletas deben circular preferentemente por el centro de carril, para ganar visibilidad y evitar aperturas de puertas o ángulos muertos. Los vehículos de motor deben mantener una distancia de seguridad mínima de 5 metros por detrás. En carretera, para adelantar, es obligatorio reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite y ocupar completamente el carril continuo en vías de más de un carril por sentido.

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