La vigente Ordenanza Municipal sobre promoción de conductas cívicas y protección de los espacios públicos prohíbe arrojar guantes o mascarillas sanitarias al suelo

La vigente Ordenanza Municipal sobre promoción de conductas cívicas y protección de los espacios públicos prohíbe arrojar guantes o mascarillas sanitarias al suelo
La infracción se sanciona como una infracción grave con multa de entre 751 y 1.500 euros
Mascarilla


El Ayuntamiento de Pamplona quiere recordar a la ciudadanía que está prohibido arrojar los guantes o las mascarillas sanitarias al suelo al considerarse esos objetos de forma genérica ‘residuos’. Según el artículo 22.2 de la Ordenanza Municipal sobre promoción de conductas cívicas y protección de los espacios públicos, los ciudadanos tienen la obligación de depositar los residuos urbanos en las papeleras y contenedores correspondientes y evitar cualquier operación o actividad que pueda ensuciar las vías y espacios de uso público.

Como toda regulación legal de conductas prohibidas, las ordenanzas municipales además de describir los supuestos vetados, los califican, y establecen un catálogo graduado de sanciones. En este caso se aplicará lo relativo a “arrojar basuras a la vía o espacios públicos que generen riesgos de insalubridad”, que se califica como ‘infracción grave’ (artículo 35) y está sancionado con multas de 751 a 1.500 euros (artículo 37).

En la exposición de motivos de este texto, que se aplica a todo el ámbito del municipio, se fundamenta que “Nadie puede, con su comportamiento, menospreciar o perjudicar los derechos de las demás personas”.

 

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