El Ayuntamiento de Pamplona ha convocado un año más las ayudas individuales destinadas a proporcionar, mediante la utilización de una tarjeta bonotaxi, un medio alternativo de transporte durante 2022 adaptado a personas con discapacidad con problemas en su movilidad. La convocatoria mantiene la cuantía de su presupuesto en 190.000 euros y cuenta con un plazo abierto de presentación de solicitudes hasta el 31 de octubre.
La finalidad de estas ayudas es favorecer el desplazamiento en la ciudad de las personas afectadas de dificultades de movilidad, para que puedan desarrollar una vida independiente y, en consecuencia, disfrutar de los mismos derechos en las mismas condiciones que el resto de la ciudadanía. La convocatoria está condicionada al desarrollo de la accesibilidad en los vehículos utilizados para el transporte público colectivo. La subvención se concreta en una ayuda económica, a través de una tarjeta electrónica, para ser utilizada por las personas beneficiarias en sus desplazamientos personales, haciendo uso del servicio público de taxi hasta el 31 de diciembre de este año.
El bonotaxi es de uso personal e intransferible y se expide en forma de tarjeta monedero. Podrá utilizarse en cualquier tipo de taxi adaptado y/o accesible del servicio de taxi de la Comarca de Pamplona, cuya competencia corresponde a la Mancomunidad. Podrá utilizarse en desplazamientos dentro del término municipal de Pamplona y para desplazamientos dentro del área interurbana del transporte público de la Comarca de Pamplona. La persona beneficiaria deberá advertir con antelación del uso de la tarjeta monedero. El único cambio en la convocatoria tiene que ver con las cuantías en concepto de subvención, que mantienen una duración mensual, excepto en julio y agosto que, por cuestiones organizativas, será bimensual.
Requisitos para las personas que quieran optar a estas ayudas
Las personas que quieran optar a estas ayudas deberán estar empadronadas en Pamplona desde el 1 de enero de 2020 y permanecer de alta en el padrón mientras se perciban. Deben tener una discapacidad, en grado igual o superior al 33%, les dificulte gravemente el acceso a los transportes colectivos y así se acredite en el Certificado Oficial de Discapacidad emitido por la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas (ANAP).
Asimismo, no deben poseer carné de conducir, o habiéndolo tenido, no encontrarse en condiciones físicas para conducir a causa de la discapacidad. Ese hecho se debe acreditar mediante certificado médico. Tampoco deben poseer vehículo propio adaptado para la conducción por persona con discapacidad motora, en el supuesto de solicitantes mayores de 18 años.
En cuestiones económicas, la unidad familiar de la persona solicitante no debe superar unos ingresos anuales relativos al último ejercicio declarado para el IRPF entre los 22.558,77 euros (3 veces el IPREM) en el caso de ser un único miembro y de los 37.597,95 euros (5 veces el IPREM) en el caso de ser cinco miembros. La unidad familiar no puede superar tampoco un patrimonio superior a 150.000 euros, exceptuando el valor de su vivienda habitual. Se establecen en las bases de la convocatoria situaciones especiales debidas a acogimiento familiar, a dos personas con grave discapacidad en una misma unidad familiar o a enfermedad / patología de extrema gravedad.
Cuantías por persona solicitante
Las solicitudes se deben presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona (c/ Mayor 2, planta baja. Palacio del Condestable), en sus registros auxiliares o a través de cualesquiera de los medios previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que hubieran resultado positivas en 2021 y hayan obtenido subvención, serán válidas para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y la resolución de esta nueva convocatoria, siempre que presentan la nueva solicitud en el plazo de 15 días naturales desde la publicación en el BON. De no hacerlo, se les considerará nuevos solicitantes.
La cuantía máxima a conceder a cada persona beneficiaria se determina en función de su calificación respecto al baremo para medir la dificultad de acceso a los transportes colectivos establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. No podrá superar los 103 euros al mes para los apartados A, B, C, o los 62 euros al mes para un mínimo de 7 puntos por los apartados D, E, F, G y H. En el caso de que la persona beneficiaria viva en un centro residencial, las cuantías no podrán superar los 86 y los 52 euros, respectivamente.
No obstante, se concederá un 25% adicional (hasta 129 o 78 euros al mes, respectivamente) si se acredita la necesidad diaria de utilizar el taxi para acudir a un centro de trabajo o a un centro de estudios de enseñanza reglada post-obligatoria (Bachillerato, FP, Universidad), siempre y cuando el centro no ofrezca la posibilidad de un medio de transporte adaptado o adecuado a este tipo de usuarios y usuarias. Se reducirá un 10% la cuantía mensual máxima, estableciéndose en 93 y 56 euros, respectivamente, cuando las personas beneficiarias sean titulares de tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad. Esta reducción no afecta a quienes vivan en centros residenciales, estudien o trabajen.
La información sobre esta convocatoria de ayudas de bonotaxi se publicó en el Boletín Oficial de Navarra nº 4 de 7 de enero. Las bases se pueden también consultar en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.