Propuesta de concesión de ayudas a 8 entidades sin ánimo de lucro en la convocatoria para la realización de programas anuales de actividades juveniles en 2020

Propuesta de concesión de ayudas a 8 entidades sin ánimo de lucro en la convocatoria para la realización de programas anuales de actividades juveniles en 2020
El concejal delegado del Área de Educación, Participación Ciudadana y Juventud ha presentado hoy en la Comisión de Asuntos Ciudadanos datos económicos de la convocatoria

Espaldas


El concejal delegado del área de Educación, Participación Ciudadana y Juventud, Fernando Sesma, ha presentado esta mañana en la Comisión de Asuntos Ciudadanos los datos con la propuesta de concesión de ayudas dentro de la convocatoria para la realización de programas anuales de actividades juveniles. Esta propuesta recoge subvenciones en 2020 para 8 entidades diferentes que han organizado actividades para la población joven de Pamplona de entre 14 y 30 años en la ciudad. Se presentaron 10 entidades.

Entre las novedades de la convocatoria este año se encuentra el reforzar las programaciones anuales, como un modo de apoyar el compromiso continuado de las entidades con las personas jóvenes para las que trabajan, en detrimento de las acciones puntuales. Cada entidad solicitante podía obtener subvención para la realización de un solo programa anual.

Aumenta la dotación de la convocatoria un 17% respecto al año pasado

La convocatoria de este año está dotada con 60.000 euros frente a los 51.000 euros de años anteriores (un 17,6% más). Los datos presentados en comisión señalan que la cuantía económica de los proyectos presentados en 2018 sumaba 77.947 euros y el año pasado 96.480 euros, motivo por el que se ha incrementado la dotación. Este año, debido a las especiales circunstancias causadas por la crisis sanitaria que han paralizado la realización de actividades presenciales, la cantidad solicitada ha ascendido a 47.069 euros y la propuesta de concesión a 38.316 euros, respetando los límites establecidos en la convocatoria para calcular la subvención para cada entidad.  Al igual que a todas las convocatorias de subvención municipales, también la COVID-19 le por la suspensión de los plazos administrativos: el plazo inicial de solicitudes finalizaba el 13 de abril, pero la suspensión de los plazos administrativos hizo que el plazo acabara el 30 de junio.

De acuerdo a las bases, la ayuda máxima a cada asociación no podía ser superior a 8.000 euros, con un límite del 90% del presupuesto total del programa presentado por la entidad. Para la valoración de las solicitudes este año se ha tenido en cuenta, por primera vez, el recorrido y las personas que conforman las entidades, así como la red y el trabajo coordinado que realizan. Este apartado se ha valorado con un máximo de 15 puntos. Los 85 puntos restantes se han otorgado a aspectos del programa: calidad, coherencia de los objetivos, tipo de actividades, participación de las personas jóvenes, etc.

Modificación de los gastos subvencionables

Otras novedades de la convocatoria de este año se encuentran en los gastos subvencionables. Se han establecido dos tipos. Por un lado, los que hacen referencia a gastos administrativos y de funcionamiento de la entidad, por ejemplo, línea de teléfono, página web, personal y alquiler o mantenimiento del local que se utiliza como sede. Estos gastos no podían suponer más de un 15% de la cantidad de subvención solicitada por la entidad.

Por otro lado, se contemplan los gastos directos del programa, los necesarios para la puesta en marcha de las diferentes actividades: alimentación, alquileres, materiales, etc. En la convocatoria de este año se ha eliminado el límite máximo establecido en el concepto de “alimentación”, ya que se considerarán aquellos gastos ocasionados por la adquisición de alimentos necesarios para la realización de las diferentes actividades propuestas, y se entiende que cada asociación es diferente y su número de participantes también. Para los gastos de material inventariable, contratación de profesionales y difusión se han mantenido los porcentajes de gasto máximo imputables.

Entre los gastos que se subvención están también los relativos al transporte, que en la convocatoria de este año se han modificado. Se suprime el límite máximo de distancia a la que se pueden realizar las actividades y también el límite de gasto por entidad. Se introducen estos cambios teniendo en cuenta que será el personal técnico municipal quien, a la hora de revisar las solicitudes, valore si las actividades que requieren transporte se ajustan o no al objeto de la convocatoria y tienen sentido con el programa que presenta la entidad.

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