Aprobación de los trámites de consulta, audiencia e información públicas
Plazo consulta e información públicas: 18 de septiembre
Canal: las propuestas se enviarán al siguiente buzón de correo electrónico: administracionhacienda@pamplona.es
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Si bien es cierto que el informe de la Dirección General de Tributos de 10 de enero de 2018 considera excluida la obligatoriedad de realizar la consulta pública cuando se trata de determinadas modificaciones de ordenanzas fiscales municipales, en el caso de este anteproyecto, justificándolo en razones de seguridad jurídica, dado el contenido del expediente, cumpliremos con el trámite de consulta pública previa. Y ello sin perjuicio del trámite de información pública previsto en la normativa foral local dentro del procedimiento específico de aprobación de ordenanzas municipales, con un plazo mínimo de 30 días de exposición en el que los vecinos e interesados legítimos pueden examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones al texto aprobado inicialmente por el Pleno.
1.- PROBLEMAS QUE SE PRETENDEN SOLUCIONAR CON LA INICIATIVA
En este expediente se plantean modificaciones en los textos de las Ordenanzas fiscales y Normas de Precios Públicos que regirán a partir de 1/1/2021 con el fin de mejorar la redacción, los procedimientos de gestión y recaudación, adaptación de los textos a cambios normativos, medidas excepcionales de carácter transitorio, etc.
Se propone actualización de tipo de gravamen de contribución y algún cambio de textos regulatorios, que pretenden aclarar problemas que se plantean en la gestión de las tarifas o facilitar la gestión a los contribuyentes y/o personas usuarias de servicios (autoliquidación en altas IAE, cambios en gestión de cobro Escuela de Música, gestión de usos de instalaciones escolares). Se propone también la supresión para 2021 de la tarifa de uso de dominio público con terrazas, como medida de apoyo al sector hostelero y al empleo que genera, dada la persistencia en el tiempo de las medidas sanitarias para limitar los efectos negativos de la pandemia.
2.- NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SU APROBACIÓN
Hay impuestos y tasas que se devengan con fecha 1 de enero y resulta imprescindible tramitar el expediente con la antelación suficiente para que los cambios estén vigentes para ese momento.
Este expediente se tramita con periodicidad anual por la Dirección de Hacienda-Área de Servicios Generales, y pretende una actualización a situaciones de gestión anuales.
Con el fin de que las mejoras y cambios detectados surtan efecto desde 1/1/2021 es el momento de tramitar el expediente correspondiente.
3.- OBJETIVOS DE LA NORMA
Los objetivos fundamentales pretendidos son:
- Mejorar y completar los procedimientos de gestión y recaudación de los ingresos regulados: se puntualizan definiciones vinculadas al hecho imponible, sistemas de cobro y autoliquidación, gestión de usos, etc.
- Implantar sistema de autoliquidación asistida en altas de IAE. Implantar este procedimiento permitirá avanzar en el desarrollo de un trámite telemático para dichas altas.
- Simplificar la gestión administrativa para identificar vehículos eléctricos.
- Implantar medidas que puedan mitigar los efectos negativos de la crisis sanitaria en el sector de hostelería.
4.- LAS POSIBLES SOLUCIONES ALTERNATIVAS REGULATORIAS Y NO REGULATORIAS
Cuestiones relacionadas con la gestión de ingresos tributarios y precios públicos y su recaudación deben necesariamente regularse en las Ordenanzas fiscales y Normas de Precios públicos y con el procedimiento previsto en la normativa foral local para aprobación y modificación de ordenanzas. No existen soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Se eleva a la Junta de Gobierno Anteproyecto de modificaciones en ordenanzas fiscales y normas reguladoras de precios públicos que se aplicarán en 2021 para que se apruebe la apertura de un proceso de consulta e información públicas en el que la ciudadanía, organizaciones y asociaciones y cuantas personas puedan verse afectadas por el cambio normativo y que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este anteproyecto.
Para garantizar la participación se expondrá la documentación oportuna en la web municipal una vez adoptado acuerdo por la Junta de Gobierno. Dada la naturaleza de los cambios propuestos se considera suficiente el plazo de 10 días general, hasta el 18 de septiembre (inclusive).