Elecciones Generales 2026 - Voto por correo - Electores españoles residentes temporalmente en el extranjero (CER)

Elecciones Generales 2026 - Voto por correo - Electores españoles residentes temporalmente en el extranjero (CER)
Otros datos
Los electores residentes en España (CER) que se encuentren temporalmente en el extranjero, que prevean permanecer en esta situación hasta el día de la votación, deben inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular y solicitar la documentación electoral para ejercer su derecho de sufragio desde el extranjero a la Delegación Provincial de la OCE antes del día 31 de octubre.
Esta solicitud debe entregarse personalmente en la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática.

PLAZO DE SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN: del 6 al 31 de octubre.
SOLICITUD DE LA DOCUMENTACIÓN: se debe solicitar personalmente en la Oficina Consular o descargarla telemáticamente de la web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.
Una vez cumplimentada se entrega personalmente en la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática correspondiente a su residencia en el extranjero presentando el DNI o pasaporte español.
ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN AL ELECTOR: del 3 al 9 de noviembre si no hay recurso y hasta el 17 de noviembre si hay recurso.
REMISIÓN DEL VOTO: tras recibir la documentación enviada por la Oficina del Censo Electoral, deberán enviar su voto por correo certificado directamente a la mesa electoral que les corresponda en España. El plazo máximo para remitirlo finaliza el 25 de noviembre.
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