ORDENANZA DE IGUALDAD

ORDENANZA DE IGUALDAD
Moderation state
Publicado

Los trámites de audiencia e información pública tiene por objeto recabar la opinión de la ciudanía titular de derechos e intereses legítimos afectados por una ordenanza o reglamento ya redactado, directamente o a través de las organizaciones o asociaciones que los representen, así como obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar otras personas o entidades. El proyecto de disposición normativa que se proponga aprobar a la Junta de Gobierno Local podrá incorporara las aportaciones adicionales que resulten aceptadas tras este trámite por el Área municipal responsable de tramitar esta disposición general.

Órgano/unidad ponente: Alcaldía
Remisión de aportaciones a: igualdad@pamplona.es
Fecha límite de presentación de aportaciones: 27/11/2018

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de: 

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, hasta el día 27/11/2018, a través del siguiente buzón de correo electrónico: igualdad@pamplona.es

1.- Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa

Como constante histórica y realidad presente en la mayoría de las sociedades, y también en nuestra ciudad, el hecho de ser mujeres ha estado ligado a una situación de desigualdad con respecto de los hombres. Desigualdad que adopta múltiples expresiones, desde la más extrema como son las violencias contra las mujeres, a otras con las que conviven como son la menor participación e incidencia de las mujeres en la vida social y política, la brecha salarial, múltiples discriminaciones, mayor dificultad de acceso a recursos, menor representatividad pública, menor autonomía económica, reproducción de estereotipo asociados a roles exclusivos de cuidados, invisibilización y/o uso sexista del lenguaje, etc 
La igualdad real entre mujeres y hombres es a día de hoy la única garantía para la erradicación de todo tipo de violencias hacia las mujeres así como para el pleno ejercicio de ciudadanía. 

2.- La necesidad y oportunidad de su aprobación

Las ordenanzas municipales son una herramienta jurídica al alcance de los ayuntamientos para establecer el régimen jurídico de la igualdad de mujeres y hombres a nivel municipal. Es decir, son una herramienta más para la mejora de la igualdad de mujeres y hombres en el municipio. 
Con tal fin, se deben diseñar estrategias temporales destinadas a remover situaciones de desigualdad entre mujeres y hombres. El primer mecanismo para conseguirlo, y en torno al cual se sitúa esta ordenanza, es la integración de la perspectiva de género en toda la actividad municipal. La incorporación de la perspectiva de género constituye una metodología de actuación que sitúa la igualdad de mujeres y hombres como un objetivo prioritario que debe ser incorporado en todas las políticas y en todos los niveles de decisión y gestión. 
Además, la elaboración y aprobación de una ordenanza de igualdad en Pamplona se enmarca en una estrategia de trabajo conjunta de la red de técnicas de igualdad de las EELL de Navarra, que contempla la elaboración y aprobación de forma coordinada de ordenanzas para la igualdad en dichas entidades. Junto a ello, también se está trabajando desde la red de técnicas, en colaboración con el INAI y la FNMC, para la futura creación de la red de municipios navarros por la igualdad y contra la violencia hacia las mujeres. 
La estrategia de trabajo común y coordinado de lo local no es ajena a la realidad Foral, en la que actualmente se está elaborando una nueva Ley Foral de Igualdad. A finales de octubre ha terminado el Proceso Participado para la elaboración de la nueva ley, del que se obtendrá un documento que servirá como base del Anteproyecto de Ley. De acuerdo a la información facilitada por el INAI; la aprobación de la nueva Ley Foral de Igualdad está prevista para el primer semestre del 2018. 
Esta nueva ley será el marco en el que se elaborarán y aprobarán las ordenanzas municipales para la igualdad de mujeres y hombres, por lo que se prevé su realización para el segundo semestre de 2018. 

3.- Los objetivos de la norma

La elaboración y aprobación de una ordenanza que regule la igualdad de mujeres y hombres tiene como objetivos:

  1. Dotar de un rango mayor, tanto simbólico como práctico, a las políticas de igualdad en el marco general de las políticas locales.
  2. Generar instrumentos para facultar a las Administración Local a integrar la perspectiva de género, y avanzar así en el desarrollo de las políticas de igualdad 

Documentos adjuntos